El Ministerio de Sanidad de España ha diseñado el sistema de información para el seguimiento de la vacuna del coronavirus que marca las pautas para las comunidades autónomas a la hora de comunicar todos los datos relativos a la administración del fármaco.
🛑 Trikooba depende únicamente de tu apoyo para seguir adelante con su labor. Si te lo puedes permitir, sería de gran ayuda que consideraras hacer una aportación económica, por pequeña que sea, para poder seguir sustentando el proyecto 👇
- DONAR -
En el documento, que se ha abordado este miércoles en el Consejo Interterritorial de Salud, la Dirección de Salud Pública del Ministerio señala que ante un escenario “de disponibilidad temprana y paulatina” de vacunas será necesario priorizar los grupos de población a vacunar con un seguimiento adecuado del proceso.
Con lo que es fundamental disponer de un sistema de registro que permita recoger datos de los diferentes sistemas de información autonómicos. En ese registro, las comunidades autónomas deberán comunicar diariamente a Sanidad los datos personales de los vacunados así como notificar quiénes han rechazado la inyección del fármaco.
El documento establece que serán las consejerías de Sanidad de las comunidades y los centros de vacunación de sanidad exterior los encargados de recoger los datos de todos los puntos que administren la vacuna y de remitirlos al Ministerio de Sanidad a través de la plataforma informática establecida. Será diariamente, en el día hábil inmediatamente posterior a la vacunación, antes de las 15:00 horas.
En el anexo de la resolución se concreta la información a cumplimentar sobre la personas vacunadas como los datos personales, la marca del fármaco que se administre y el lote.
Se deberá indicar, asimismo, los motivos de por qué la persona indicada no se ha vacunado: si la ha rechazado, si la tiene contraindicada o si se trata de una excepción.
El tratamiento de la información será de acuerdo a la legislación vigente y el responsable de ello será el Ministerio.
La finalidad del tratamiento de los datos es, supuestamente, el análisis a efectos estadísticos y de georreferenciación y “adicionalmente, la acreditación del acto de vacunación mediante la emisión del correspondiente certificado, previa solicitud expresa e inequívoca del interesado o su representante legal”.
Para ello, indica el documento, los datos de identificación de las personas vacunadas se custodiarán separados del resto, “con medidas de seguridad específicas y adecuadas”, conforme al Esquema Nacional de Seguridad.
Cuando comience la vacunación las comunidades autónomas en España tendrán que informar a los ciudadanos de estas finalidades del tratamiento de los datos y en particular, sobre los términos de la cesión de los mismos al Ministerio.