El 7 de diciembre, el primer día de la sesión 2021-22 de la Legislatura de California, el asambleísta Ed Chau presentó el Proyecto de Ley de la Asamblea (AB) 35, que requeriría la divulgación de las políticas de redes sociales. AB 35 agregaría específicamente a la División 8 del Código de Negocios y Profesiones.
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AB 35 requeriría que una persona que opera una plataforma de redes sociales revele si esa plataforma de redes sociales tiene o no una política o mecanismo para abordar la propagación de información errónea. AB 35 requeriría que la divulgación sea fácilmente accesible en el sitio web y la aplicación móvil de la plataforma de redes sociales.
Además, la AB 35 autorizaría al Fiscal General o cualquier fiscal de distrito, abogado del condado o fiscal de la ciudad a hacer cumplir las violaciones de sus disposiciones y sometería a una persona a una multa civil de $ 1,000 por cada día que la persona esté violando las disposiciones del proyecto .
La Sección Uno del proyecto de ley agregaría el Capítulo 22.4 (comenzando con la Sección 22595) a la División 8 del Código de Negocios y Profesiones. El capítulo 22.4 se titularía «información falsa». La sección 22595 requeriría que una plataforma de redes sociales revele si tiene o no una política o mecanismo para abordar la propagación de información errónea con respecto a, como mínimo, todo lo siguiente:
- Reducir la difusión de información errónea que contribuya al riesgo de violencia o daño físico inminente.
- Reducir la propagación de contenido dañino y verificable que no es auténtico.
- Prácticas destinadas a manipular o alterar de manera engañosa y sustancial el comportamiento de los usuarios en la plataforma de redes sociales.
Además, una plataforma de redes sociales debe hacer que la divulgación requerida sea fácilmente accesible en el sitio web de Internet y la aplicación móvil de la plataforma de redes sociales. El término «plataforma de redes sociales» no incluye el correo electrónico. En cambio, el término significa «un servicio basado en Internet a través del cual los usuarios desarrollan una red o comunidad virtual persistente compuesta por otros usuarios con el propósito de compartir información, ideas, informes de noticias y otro contenido que les permite a las personas hacer todo lo siguiente:
- Construya un perfil público o semipúblico dentro de un sistema acotado creado por el servicio.
- Cree una lista de otros usuarios con los que una persona comparte una conexión dentro del sistema.
- Ver y navegar por una lista de las conexiones individuales y las conexiones realizadas por otras personas dentro del sistema «.
Finalmente, una multa civil de $ 1,000 por día por cada día que ocurra una infracción. Además, si el Fiscal General entabla una acción, la mitad de la multa cobrada se pagará al tesorero del condado en el que se registró el fallo y la otra mitad al tesorero del estado.
AB 35 será considerado por su primer comité de políticas en marzo de 2021.
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